Información para solicitar el kit de voto accesible para las próximas elecciones autonómicas. El plazo de solicitud es desde el 4 de abril al 1 de Mayo, ambos incluidos para las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias del año 2023.
- La solicitud se puede realizar mediante llamada al 012 o mediante correo electrónico a sac@asturias.org
La persona solicitante deberá indicar los siguientes datos:
- Nombre y apellidos.
- Domicilio.
- Número de Documento Nacional de Identidad.
- Número de teléfono de contacto.
Además, deberá manifestar que conoce el sistema de lecto-escritura braille, y que tiene reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o que es afiliado o afiliada a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.¿Cuál es el procedimiento de votación para personas con discapacidad visual?
La Ley Orgánica de Régimen Electoral General prevé que estas personas puedan servirse de una persona de confianza para elegir la papeleta o colocarla dentro del sobre y para entregarla al Presidente/a de la Mesa electoral.
No obstante, la Ley también prevé un procedimiento de votación accesible para estas personas, garantizando el secreto de voto. Este procedimiento es de aplicación para las elecciones autonómicas del Principado de Asturias.
- ¿Quién puede utilizar el procedimiento de voto accesible?
Las personas que tengan una discapacidad visual y voluntariamente lo soliciten, siempre que conozcan el sistema de lecto-escritura braille y tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o sean afiliados a la Organización Nacional de Ciegos.
- ¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
El plazo de solicitud es desde el 4 de abril hasta el 1 de mayo, ambos incluidos para las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias del año 2023.
Una vez indicados los datos previstos en el apartado anterior, el elector o electora recibirá confirmación de la recepción de su solicitud por el mismo medio que haya utilizado para comunicarlo.
- Procedimiento el día de la votación
El elector o electora que haya cumplido los pasos previstos para solicitar el voto accesible, acudirá a la mesa electoral en la que le corresponda votar.
Previa presentación del Documento Nacional de Identidad, el Presidente/a de la Mesa Electoral le entregará la documentación necesaria, en la que figurarán unas instrucciones explicativas sobre la utilización de ésta, impresas en sistema braille.
Igualmente, el Presidente/a de la Mesa o, en su caso, alguno de los vocales, le indicará y facilitará el acceso al espacio del colegio electoral habilitado para utilizar la documentación entregada.
Una vez seleccionada su opción de voto, se seguirá el mismo procedimiento de votación descrito para la totalidad de los electores/as.
Más información:
· Resolución de 4 de marzo de 2011, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se desarrolla el procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio en las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias.
· Resolución de 30 de enero de 2019, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, de primera modificación de la Resolución de 4 de marzo de 2011, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se desarrolla el procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio en las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias.
· Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio.
· Orden INT/3817/2007, de 21 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio, regulado en el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre.
- Información sobre las candidaturas
Las personas electoras podrán consultar las candidaturas proclamadas para las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias en la página web electoral institucional, que tendrá formato accesible.
La información estará disponible desde el día de la proclamación de las candidaturas hasta el día de la celebración del proceso electoral.