¿Qué incentivos fiscales hay para los donantes?
Los primeros 250 euros donados tienen una deducción del 80% en la cuota íntegra del IRPF. Lo que exceda de 250 euros tiene una deducción del 40% en la cuota.
¿En que se traduce a efectos prácticos?
Si una persona física dona 150 euros: El contribuyente se deduce 120 euros (el 80% de la cuota) en su IRPF. Es decir, el coste de una donación de 150 euros es realmente de 30 euros. Por tanto, la entidad elegida recibe 150 euros, de los cuales 30 vienen del donante y 120 son una subvención indirecta de Hacienda.
Si eres una empresa y has donado en los dos años anteriores podrás desgravar el 40% y un 35% si se trata de la primera donación.
Para poder emitir el certificado correspondiente para tu declaración de la renta necesitamos disponer de todos tus datos antes del 15 de enero del ejercicio siguiente al de la donación:
- Nombre y dos apellidos
- Dirección fiscal completa
- NIF
Por ello, si quieres poder declarar tu aportación, siempre que hagas un bizum, paypal o transferencia bancaria, deberás remitirnos un email con tus datos y solicitar tu certificado de donación, ya que estos se emiten a solicitud del donante.
¡Muchas gracias por tu aportación!